Dentro del ramo de daños, el seguro de avería de maquinaria se encuentra dentro de los seguros técnicos o de ingeniería cuyos riesgos, valoraciones y tratamiento van a requerir de especialistas y/o profesionales más allá de los aspectos clásicos actuariales de otros seguros ya conocidos.
Por ejemplo, un seguro de lucro cesante necesita de expertos en finanzas y el de maquinaria necesita ingenieros.
El seguro de avería de maquinaria también se le conoce como seguro de rotura de maquinaria y cubre los daños materiales que sufra cualquier tipo de maquinaria, equipo o instalación de carácter industrial como consecuencia del propio funcionamiento interno o aquellas acciones o eventos externos, salvo los expresamente excluídos en las condiciones de la póliza.
Es un seguro muy importante a tener en cuenta más allá del que estamos acostumbrados (seguro multirriesgo o daños en local o nave) porque las máquinas representan una parte muy fuerte de la inversión económica en el plan financiero de un negocio.
¿Qué puede asegurarse en esta modalidad?
En la realidad más cotidiana, e encontramos el término como tal incluido en:
Para ambos casos, se pueden asegurar un amplio y extenso catálogo de máquinas, equipos mecánicos, aparatos e instalaciones. Dicha maquinaria se puede asegurar en su totalidad o de forma parcial. Para el segundo caso, el seguro de avería como tal, sería una máquina solamente.
¿Qué no puede asegurarse en el seguro de avería de maquinaria?
Generalmente, suelen excluirse de la cobertura todos aquellos elementos que estén sometidos contínuamente a un desgaste.
En realidad, para este tipo de elementos, no existe un riesgo determinado, porque desde un principio ya se sabe que fallarán debido a su alta tasa de rotación (cambio), desgaste o ajuste (calibración, nivelación,…).
Realmente, son objetos sometidos a operaciones «carentes de accidentalidad» y que, dentro del marco regulatorio y estricto del seguro, no podrían ajustarse la definición de objeto asegurable:
También, cabe decir que existe otro tipo de seguros específicos para los equipos móviles y los equipos electrónicos.
En ocasiones, conocidos como «averías externas» para los primeros. En cambio, los segundos pueden conformar una garantía dentro de una póliza multirriesgo o ser un seguro aparte.
Aunque parezca lo mismo, las coberturas y los riesgos asegurables pueden diferir, por lo que es muy aconsejable preguntar al mediador o leer muy bien el condicionado antes de asegurar este tipo de aparatos.
¿Cuál es la suma que se debe asegurar en la póliza?
El valor garantizado para esta modalidad es el de reposición, no se tiene en cuenta la depreciación del aparato.
Por tanto, la suma asegurada en un seguro de avería de maquinaria debe ser el valor de reposición de la misma, es decir, el valor de nuevo de esa misma máquina o de iguales características y/o rendimiento más todos los gastos que su reposición conlleve: envío, transporte, aduana y montaje (si éstos fuesen estrictamente necesarios).
Si la avería es total, se sustituye la máquina o se indemniza por el valor acordado previamente en las condiciones.
La pérdida total de una máquina supone la indemnización a valor real de la misma. Hay una cosa muy curiosa en este tipo de seguros y es que si se produce una avería parcial, entonces se sustituye la pieza rota o no funcional por una nueva.
En realidad, al reparar la máquina añadiendo una pieza nueva lo que hacemos es aumentar el valor de dicha máquina, puesto que la depreciación no se considera.
La ventaja es que ahora el tomador del seguro dispondrá de una máquina cuyo valor ha aumentado y, además, dispone de un seguro «válido» cuya suma asegurada es menor que el valor de reposición de la máquina asegurada.
¿Existe alguna exclusión en las pólizas comerciales?
En las pólizas comerciales de las aseguradoras se suelen indicar las garantías que quedan excluídas en un seguro de avería de maquinaria. En realidad, son perfectamente asimilables puesto que se trata de riesgos muy frecuentes en la Ley de Contrato de Seguro. La mayor parte de pólizas, salvo pacto contrario, excluyen de su condicionado:
- Cualquier daño producido en el período de garantía de la máquina y que esté cubiertos por el fabricante
- Daños producidos por un uso normal de la máquina: corrosión, desgaste, inscrustaciones, herrumbre,etc. Realmente son aquellos daños que se producen por un mal o incorrecto mantenimiento del aparato o máquina. Suele ser la exclusión que más problema puede dar, pero que se resuelve gracias a la colaboración de los fabricantes.
- Cualquier acto intencionado del asegurado o los responsables de la dirección técnica de la empresa. Mala fe.
- Cualquier garantía que ya esté incluida en otro seguro de daños. Por ejemplo, incendio o robo. Si la máquina se quema o es robada, se activaría la cobertura correspondiente al seguro industrial, seguro de negocio o multirriesgo. La indemnización se basaría en las condiciones establecidas en la póliza de daños generales. En este caso, salvo pacto contrario, es probable que en el valor de los objetos se tenga en cuenta la depreciación y otros factores.
- Rotura o avería de maquinaria como consecuencia de una prueba o experimento. Es decir, se realiza un esfuerzo anormal sobre la máquina que no es el habitual. El peritaje del técnico para estos casos es decisivo.
- Pérdidas indirectas. Dependiendo del tipo de industria y el calibre del siniestro, es aconsejable optar por un seguro de lucro cesante para paliar, como mínimo, los gastos fijos del negocio durante la paralización del trabajo o la actividad parcial del mismo.
- Quedan excluídos los riesgos de carácter extraordinario, aunque de todas formas, en este último caso, interviene la cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros, puesto que en el recibo de prima, además de los impuestos se incluye un porcentaje destinado a esta cobertura (como en auto, hogar y multirriesgo).
¿Qué riesgos incluye un seguro de rotura de maquinaria?
El seguro de averías o rotura de maquinaria en realidad es un seguro a todo riesgo a pesar de las exclusiones anteriormente mencionadas. En el condicionado de la póliza, puede plantearse la cobertura TODO RIESGO y tras ello un listado de causas de siniestro que se excluyen de forma expresa.
Por tanto, se entiende que todo lo demás queda incluido. Generalmente, entre las principales causas que originan siniestros y que son objeto de cobertura se encuentran:
Créditos foto: StockVault.net
¡No sabía que el seguro de avería de maquinaria era tan específico! Interesante información.
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