¿Cómo tributa un seguro de vida?

Los seguros de vida permiten al contribuyente ciertas desgravaciones en el IRPF cuando se está pagando la prima.

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Pero es más importante saber cómo tributa un seguro de vida en el momento en el que se cobra la cantidad asegurada.

Cómo tributa un seguro de vida

Con carácter general, el dinero obtenido por un seguro de este tipo tendrá que declararse en el propio IRPF en unos casos, mientras que en otros se hará a través del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD).

¿Cómo se declaran las indemnizaciones de un seguro de vida?

Para declarar la indemnización obtenida por un seguro de vida, lo primero que debe distinguirse es quién la cobra.

Es decir, cómo figura en la póliza la persona que percibe el dinero. En función de ello, habrá que declararlo a través de una modalidad impositiva u otra.

✅ Declaración en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Cuando el beneficiario de un seguro de vida coincide con el tomador, debe declarar la indemnización recibida a través del IRPF.

Por ejemplo, un caso habitual es el de la persona que contrata un plan de pensiones para percibir una prestación cuando se jubile.

✅ Declaración a través del Impuesto de Sucesiones y Donaciones

Sin embargo, puede suceder que quien contrate un seguro de vida, es decir, el tomador que se asegura, no coincida con el beneficiario.

Este último es quien cobra el capital pactado cuando el primero fallece. Por tanto, a la hora de declarar ese dinero no lo puede hacer a través del IRPF.

Un buen ejemplo es el de quien se asegura por fallecimiento para dejar un dinero a su cónyuge cuando se produzca este hecho.

En tal caso, el beneficiario (el cónyuge) debe tributar mediante el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD), más concretamente en la modalidad mortis causa.

Lógicamente, en función de que se tribute en una modalidad impositiva u otra, los tipos son diferentes. En consecuencia, también lo es el dinero a pagar.

🥇 ¿Cuánto hay que pagar a Hacienda por un seguro de vida?

El IRPF y el ISD son dos impuestos distintos, a los cuales se aplican diferentes tipos impositivos. Por ello, la cantidad que resulta a pagar a Hacienda por un seguro de vida también cambia.

➡️ Cuánto se paga por un seguro de vida en el IRPF

La indemnización por un seguro de esta clase tributa como rendimiento de capital mobiliario. En cuanto al tipo, depende de la cantidad que se reciba.

En función de esta, oscila entre el 19 y 23 % sobre el rendimiento neto. No obstante, este también cambia según la forma en que se reciba el dinero.

Si se obtiene en forma de capital, es decir, en un solo pago, el rendimiento neto es la cantidad resultante de restar al dinero que se percibe la cantidad que se ha aportado previamente.

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En cambio, si se cobra el dinero en forma de renta, ya sea temporal o vitalicia, ese rendimiento se calcula de otro modo.

Hay que aplicar a la cantidad que se perciba un porcentaje. Este depende de la edad del beneficiario, en el caso de las rentas vitalicias; o de los años que dure esa renta, en el de las temporales.

➡️ Cuánto se paga por un seguro de vida en el ISD

En este supuesto, la base imponible es el total del dinero que percibe el beneficiario. Sin embargo, siempre que este sea cónyuge, ascendiente o descendiente del asegurado, están exentos los primeros 9195,49 euros.

Por consiguiente, tendría que pagar sobre un capital fácil de calcular. Sería el total percibido como indemnización menos 9195,49 euros.

En conclusión, estas son las distintas respuestas a cómo tributa un seguro de vida.

En líneas generales, depende de quien lo pague y también de quien cobre la indemnización. Pero también de la forma de percibirla.

6 comentarios en «¿Cómo tributa un seguro de vida?»

    • ¡Vaya lío, la verdad! Los seguros de vida suelen ser un laberinto fiscal. Lo mejor es consultar con un asesor financiero antes de tomar decisiones. ¡No te compliques más de la cuenta! ¡Suerte! 😉

      Responder
    • ¡Vaya lío, sí! Pero es importante entenderlo para proteger a nuestros seres queridos. Mejor informarse a fondo y asegurarse de estar cubierto correctamente. ¡No hay excusas cuando se trata del futuro de quienes amamos! ¡Ánimo!

      Responder

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