Asistencia Legal y Seguro de Defensa Jurídica

El seguro de asistencia jurídica, a caballo entre un seguro de daños y un servicio de prestación de servicios, conforma un ramo en sí o un ramo accesorio de otro según lo establecido en la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro (Sección 9ª).

Este tipo de seguro aparece ante la inminente necesidad de las personas de aumentar el nivel de protección de sus derechos gracias a unos mecanismos a los que les sería difícil y complicado acceder si no hubiese contratado la cobertura adecuada para su situación.

Ahora, el ciudadano dispone de un medio que le permite acceder a la justicia para hacer valer sus derechos y que éstos sean reconocidos.

Esta situación de necesidad, o incluso miedo al aparato judicial, puede tener diversos orígenes como problemas con contratos, administración pública, reclamaciones profesionales por parte de terceros, impagos y morosidad, problemas con locales o naves industriales, litigios, conflictos laborales, etcétera…

En este seguro de defensa jurídica, el asegurador se hace cargo de los gastos de procedimiento judicial y a su vez proporciona los servicios que ofrezca la cobertura, generalmente destinada a recuperar el daño sufrido por el asegurado, ya sea de forma amistosa o por procedimientos civiles o penales, o bien, representar o defender al asegurado ante dichos procedimientos, incluso ante la administración y frente a determinados tipos de reclamaciones.

Coberturas seguro defensa jurídica

Actualmente, en nuestra sociedad, cada vez son más la amenazas de este tipo debido al aumento de conflictos, mayor consumo y conciencia de defender los derechos del consumidor, nuevas adaptaciones a leyes y reglamentos, y sobretodo, el coste de los procedimientos y la lentitud cuando se llevan a cabo.

En resumen, el asegurador se obliga, dentro de los límite establecidos en la Ley y en la póliza, y previo pago de una prima, a cubrir aquellos gastos en que pueda incurrir el asegurado como consecuencia de su intervención en un procedimiento que puede tener un carácter arbitral, administrativo o judicial.

Además, le proporcionará sus servicios de asistencia jurídica ante un riesgo cubierto, tanto judicialmente como extrajudicialmente.

Lo que no hay que confundir la defensa jurídica con los servicios de asistencia legal que se incluye en otros seguros como el del hogar o incluso multirriesgos en pymes, puesto que no son lo mismo y en ocasiones generan errores entre los asegurados.

El asesoramiento legal está más enfocado a consultas generales y sencillas, sin llegar a individualizar el caso, y si lo hace no incluyen los gastos que pueda originar el contratar un abogado o los costes del propio juicio.

Por tanto, la diferencia entre ambas cosas, radica principalmente en el precio (mucho más elevado en la defensa jurídica, que una garantía simple de asistencia legal) y en el condicionado de la póliza.

Se recalca el condicionado de la póliza porque cuando una persona contrata un seguro de este tipo, o bien, lo añade como una cobertura más, el contrato debe ser independiente del principal o ser un capítulo aparte dentro de una póliza única donde se especifique al detalle de que se trata de defensa jurídica y su prima correspondiente.

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Características de la póliza de Defensa Jurídica

Este seguro posee un tratamiento legal y solamente puede ser llevado a cabo a través de compañías aseguradoras.

Como se ha dicho anteriormente, la póliza se suscribe de forma separada o en un capítulo aparte dentro de una póliza única indicando el contenido y las cláusulas de la defensa jurídica, así como la prima que debe pagar el asegurado.

Como exclusión cabe citar que este seguro no cubrirá el pago de multas o aquellas indemnizaciones de gastos que hayan sido originados por la imposición de sanciones al asegurado de parte de las autoridades judiciales o administrativas.

De hecho, ya se ha remarcado que lo que sí cubre son los gastos del procedimiento y los servicios que requiera para llevarlo a cabo.

En esta póliza se deben recoger expresamente aquellos derechos reconocidos por el asegurado como el de:

  • Elegir libremente el abogado y procurador que le represente y le defienda, sin estar sujetos a lo que decida la entidad aseguradora
  • Someter a arbitraje cualquier conflicto o diferencia en el contrato de seguro que surja entre él mismo y el asegurador

Estos derechos, por ejemplo, no se llevan a cabo en los Seguros de Responsabilidad Civil, ni en la defensa jurídica que aparece como garantía de asistencia en viaje, así como la defensa jurídica que sea objeto de litigios que tengan que ver con embarcaciones marítimas o buques.

¿Cómo presta los servicios el Asegurador?

La compañía de seguros, si considera que existe la suficiente base jurídica ante la solicitud por parte del asegurado, puede prestar los servicios a éste a través de la propia entidad o mediante colaboradores directos o profesionales independientes.

Éstos últimos, tienen sus honorarios y por lo tanto, el asegurador ofrece su propio asesoramiento jurídico, o bien, abona una cantidad al asegurado para cubrir los honorarios o minutas del colaborador experto o profesional.

Dedicarse solamente a pagar se considera en la actualidad un inconveniente para este tipo de seguro, pues al fin y al cabo, se convierte en un seguro patrimonial puro y duro.

Por eso, el asegurado tiene que encontrar compañías con valor añadido, que le ayuden de verdad y que puedan ofrecerle listados de profesionales que puedan ser de su interés para cuando llegue el momento del siniestro.

En muchas ocasiones, los límites pactados en la cobertura no son suficientes para pagar un procedimiento judicial largo y costoso.

5 Consejos para los usuarios que quieran contratar este seguro

  • Verificar que la Asistencia Jurídica se incluye de forma independiente y con su prima aparte según lo estipulado en la Ley de Contrato.
  • Que la gestión del siniestro sea llevada a cabo por la propia Entidad Aseguradora, es decir, que sea la compañía la que preste el servicio directamente sin proveedores intermediarios.
  • Dependiendo del riesgo, es posible que sea necesario la presencia de profesionales externos, por lo que es aconsejable preguntar antes de firmar la póliza.
  • A la hora de pactar los límites de las coberturas, tener muy claro a qué actividad nos dedicamos y disponer de referencias de otros procesos judiciales o extrajudiciales en cuanto a tiempo que se empleó en resolver el caso o total de gastos que se tuvieron que pagar.
  • Si concurren a la vez el Seguro de Responsabilidad Civil y el Defensa Jurídica, tener claro que para el primero de los seguros, el reclamado siempre será el asegurado, mientras que para el segundo caso, el asegurado también puede ser la parte reclamante. En este último caso, con derecho a elegir el abogado que quiera, cosa que no pasaría para el seguro de RC.
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8 comentarios en «Asistencia Legal y Seguro de Defensa Jurídica»

    • ¡Absolutamente! Nunca subestimes la importancia de protegerte legalmente. Un seguro de defensa jurídica puede salvarte de situaciones complicadas y costosas. No esperes a necesitarlo, ¡mejor prevenir que lamentar! ¡Contrátalo ya! ¡Tu tranquilidad no tiene precio! 😉

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    • ¡No siempre necesitas un abogado para protegerte! Con un poco de investigación y conocimiento, puedes defenderte por tu cuenta en situaciones legales complejas. No te limites a depender de otros, ¡empodérate y defiende tus derechos por ti mismo!

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    • ¡Claro que son diferentes! La Asistencia Legal te brinda orientación legal y asesoramiento, mientras que el Seguro de Defensa Jurídica cubre los costos legales en caso de un litigio. Ambos son útiles, pero cumplen funciones distintas. ¡Es importante conocer las diferencias para tomar la mejor decisión!

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    • ¡Totalmente de acuerdo! La Asistencia Legal es fundamental, pero un seguro de Defensa Jurídica va más allá al ofrecer cobertura completa en situaciones legales complejas. ¡Sin duda, un debate necesario para entender la importancia de estar protegidos en todo momento! ¡Asegúrate de tener la mejor cobertura!

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