Acción directa

Según el artículo 76 de la Ley de Contrato de Seguro, el perjudicado puede reclamar directamente al asegurador hasta el límite y las condiciones del seguro. La aseguradora no podrá oponer la excepciones personales que le asistan contra el asegurado.

Sinónimos:
reclamación al asegurador
« Volver al inicio del Glosario
Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos y para mostrarte publicidad relacionada con sus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos.
Privacidad