Provisión de Participación en Beneficios y para Extornos

Representa el importe de los beneficios devengados en favor de los asegurados y también aquel excedente que proceda de las primas que han sido modificadas debido al comportamiento del tomador o asegurado bajo el riesgo contratado (penalización, bonus/malus, mala fe, falta, cambio u omisión de declaraciones en el contrato de seguro,…).

« Volver al inicio del Glosario
Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos y para mostrarte publicidad relacionada con sus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos.
Privacidad